El servicio sanitario proporcionado por un Fisioterapeuta requiere que el establecimiento donde se desarrolla disponga de la autorización e inscripción de apertura de centro y servicios sanitarios, conforme a lo previsto en el DECRETO 106/2004, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento que regula la autorización de centros y servicios sanitarios en Aragón.
*Se informa que no se cursarán ofertas de empleo que incluyan como criterio de selección la especificación del género del profesional.
El CPFA no se hace responsable de las ofertas realizadas por el anunciante, el cuál debe cumplir la normativa vigente para la apertura de centros y consultas sanitarias y de publicidad en la Comunidad Autónoma de Aragón cuando corresponda.